clase de Dº constitucional 28/08/08

LA SERVICIALIDAD DEL Eº

El Eº es un instrumento que sirve al ser humano No al revés. Definir al Eº como un ente al servicio de la persona humana implica admitir la anterioridad y superioridad de ésta respecto al Eº porque ella es quien lo crea. Esta creación se inspira en la posibilidad que brinda del Eº de satisfacer las necesidades y aspiraciones complejas que no pueden ser logradas con estructuras sociales más pequeñas como las familias y los cuerpos intermedios.

EL BIEN COMÚN COMO FINALIDAD DEL Eº

El BC constituye el bien supremo del Eº. En las actas oficiales de la comisión de estudios de la C, se dejó constancia de la opinión del Sr. Jaime Guzmán quien señaló que el sentido fundamental del BC es el de la creación de un conjunto de condiciones que le permitan a todos y cada uno de los miembros que componen la comunidad nacional acercarse a la máxima medida posible a su pleno desarrollo personal.

La búsqueda y concreción del BC no es irrealizable ni utópica y se puede alcanzar con el esfuerzo permanente del Eº, la sociedad civil y la comunidad internacional, pero se trata de una tarea que nunca se acaba, pues no se logra nunca la cabal perfección.

El Eº ha sido creado para satisfacer necesidades y aspiraciones colectivas; debe servir a la persona estableciendo las condiciones que permitan su pleno desarrollo; pero el BC no es una tarea exclusiva del Eº, pues todas las personas están obligadas a la consecución de esta meta. Esta marcha constante hacia el BC debe realizarse con pleno respeto a los derechos y garantías “establecidos” en la C. El BC tiene como límite los derechos y garantías constitucionales; al decir de Eugenio Evans, también supone para las personas una suerte de restricción en el ejercicio de sus derechos en el plano individual; esto, por cuanto el BC señala un orden de conductas que impide la realización de actos individuales no contestes con la realización de los fines de los demás integrantes del cuerpo social, es decir, supone una cierta organización adecuada y apta para que cada uno alcance su fin, pero para alcanzarlo es necesario contribuir a que los demás miembros del cuerpo social los alcancen a su vez.

La CP política dice “establece”, pero en propiedad los derechos son proclamados, reconocidos, promovidos, amparados, protegidos por la CP y no creados por esta.

LA SOLIDARIDAD

De la referencia al BC se desprende la presencia implícita en la C de un importante valor jurídico, la solidaridad. En la CP la solidaridad se proyecta especialmente en dos ámbitos: el de los derechos fundamentales y el de la regionalización y desarrollo territorial. Luego de las reformas introducidas por la ley 19097 y después por la ley 20050, la C tiene dos referencias expresas a la solidaridad como principio básico de la regionalización en los artículos 3º inc 3º y artículo 115.

ARTÍCULO 3º.- EL ESTADO DE CHILE ES UNITARIO. LEY N° 19.097
LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO SERÁ FUNCIONAL Y TERRITORIALMENTE DESCENTRALIZADA, O DESCONCENTRADA EN SU CASO, DE CONFORMIDAD A LA LEY LEY N° 20.050
LOS ÓRGANOS DEL ESTADO PROMOVERÁN EL FORTALECIMIENTO DE LA REGIONALIZACIÓN DEL PAÍS Y EL DESARROLLO EQUITATIVO Y SOLIDARIO ENTRE LAS REGIONES, PROVINCIAS Y COMUNAS DEL TERRITORIO NACIONAL.

ARTÍCULO 115.- PARA EL GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN INTERIOR DEL ESTADO A QUE SE REFIERE EL PRESENTE CAPÍTULO SE OBSERVARÁ COMO PRINCIPIO BÁSICO LA BÚSQUEDA DE UN DESARROLLO TERRITORIAL ARMÓNICO Y EQUITATIVO. LAS LEYES QUE SE DICTEN AL EFECTO DEBERÁN VELAR POR EL CUMPLIMIENTO Y APLICACIÓN DE DICHO PRINCIPIO, INCORPORANDO ASIMISMO CRITERIOS DE SOLIDARIDAD ENTRE LAS REGIONES, COMO AL INTERIOR DE ELLAS, EN LO REFERENTE A LA DISTRIBUCIÓN DE LOS RECURSOS PÚBLICOS.

La solidaridad tiene sus orígenes en la fraternidad de la revolución francesa, implica asumir como propios los sufrimientos y las causas de los que sufren; supone una preocupación por las necesidades de los otros o en otras palabras, el reconocimiento, respeto y protección de los intereses de terceros, de los natural y socialmente peor situados, los miembros menos favorecidos de la sociedad, es decir, los grupos vulnerables, los más débiles (ver Ferrajoli) o los que han sido marginados o excluidos, la minorías étnicas, los discapacitados, las minorías sexuales, las mujeres, etc. La mayoría de las veces, la solidaridad se refiere a las generaciones presentes, pero también puede comprender los intereses de generaciones futuras, cuyas oportunidades mañana dependen de las decisiones de hoy. En el ámbito de los DDHH la solidaridad sirve como fundamento de los derechos sociales; fundamenta directamente derechos al justificar el establecimiento de deberes; fundamenta las reivindicaciones de nuevos derechos Comcel derecho al desarrollo, al medio ambiente, a la paz que se llaman también derechos de solidaridad y fundamenta también el establecimiento d algunos límites al ejercicio de los derechos, por ejemplo, las restricciones que tienen como finalidad proteger el medioambiente.

LOS DEBERES DEL Eº

En el inciso final del artículo 1º, se señalan los deberes del Eº, se trata de obligaciones generales y de máxima importancia; no es una enumeración taxativa, lo cual significa que éstos no son los únicos, pero sí los más importantes y de los cuales se desprenden los demás

RESGUARDAR LA SEGURIDAD NACIONAL: La C no define la seguridad nacional; en un sentido amplio comprende la defensa de la integridad territorial y también el desarrollo del país en los más variados aspectos según se deprender de la historia fidedigna. La SN tiene un contenido amplio y otro restringido, dependiendo de las distintas doctrinas elaboradas al respecto; en un sentido restringido, la noción de SN corresponde a una visión predominantemente militar o castrense que hoy se encuentra superada; en un sentido amplio, que es el que adopta la constitución, comprende tanto la idea de proteger al Eº de los gérmenes de su destrucción como la de precaver o prevenir los atentados a su estabilidad, ya sea que provengan de causas internas o externas. En la configuración del concepto de SN, después de la 2ª guerra mundial, tuvo injerencia el pentágono y se le concibió como un mecanismo para evitar o reprimir la infiltración del marxismo en las democracias occidentales y particularmente en América Latina. Al objetivo inicial de la SN que fue el de proteger al país de agresiones externas, se agregó también la idea de protegerle de agresiones internas, como el terrorismo, la violencia, la guerrilla, la alianza del narcotráfico con las fuerzas paramilitares y otros fenómenos semejantes. Este deber debe relacionarse con los capítulos 11 y 12 de la CP que se refieren a las FFAA y atribuciones del consejo de seguridad nacional. Por último, si bien la SN es una de las ideas matrices de la C, paulatinamente ha ido perdiendo vigor.

DAR PROTECCIÓN A LA POBLACIÓN: para cumplir con este deber el Eº tiene múltiples cometidos, tales como las de prevenir, controlar y sancionar la delincuencia, permitir el desarrollo habitual de las labores o actividades de los miembros de la sociedad, mantener el orden público, etc. De este deber del Eº deriva también todo lo relacionado con la seguridad ciudadana y la protección del Eº en el ejercicio de todos y cada uno de los derechos de las personas

DAR PROTECCIÓN A LA FAMILIA Y PROPENDER A SU FORTALECIMIENTO: este deber se relaciona con el inciso 2º “la familia es el núcleo fundamental de la sociedad”, y como consecuencia, es deber del Eº propender a su fortalecimiento. El Eº a través de sus políticas de gobierno y de la legislación resguarda la familia ya constituida y promueve su permanencia como institución; dar protección a la familia comprende fomentar y velar por la estabilidad del matrimonio, el pago de remuneraciones que permita la vida digna del grupo familiar, la defensa de la niñez y la juventud frente a la droga, la readaptación social de los delincuentes, la educación en valores, etc.
PROMOVER LA INTEGRACIÓN ARMÓNICA DE TODOS LOS SECTORES DE LA SOCIEDAD EN LA VIDA NACIONAL: es un derecho inalienable de todas las personas integrar y formar parte de la comunidad nacional, por ello el Eº debe velar por la participación de todos los sectores de la nación en la vida política, social y cultural del país, incluir a la minorías y evitar las discriminaciones, se relaciona con la igualdad de derechos consagrada en el inciso primero y exige que el Eº desarrolle políticas de integración, por ejemplo, la promoción de la educación y la mejor distribución del ingreso.

ASEGURAR EL DERECHO DE LAS PERSONAS A PARTICIPAR CON IGUALDAD DE OPORTUNIDADES EN LA VIDA NACIONAL: Para el constituyente, esta igualdad de oportunidades en la participación, significaba poner a las personas en una posición que les permitiera acceder a esa participación y no colocarlos en determinados cargos, pues ello dependerá de los medios personales de cada. Esta concepción se puede ejemplificar con el hecho de que no está bien que quien tiene capacidad par estudiar no pueda hacerlo por falta de recursos, pero tampoco está bien que se asigne a todos un título profesional como si fuera un mero trámite




EL ARTÍCULO 2º: LOS EMBLEMAS NACIONALES.

Artículo 2º.- Son emblemas nacionales la bandera nacional, el escudo de armas de la República y el himno nacional.

Esta es una disposición original de la CF. La C del 80 es la 1ª C chilena en contemplar una referencia a los emblemas nacionales. La C exige además a todos los habitantes de la república el respeto a esos símbolos nacionales (art 22 inc 1º)

Artículo 22.- Todo habitante de la República debe respeto a Chile y a sus emblemas nacionales.

Por esto la legislación complementaria sanciona penalmente el ultraje, las ofensas y la violación de los símbolos nacionales. Esto es una demostración de la importancia de los emblemas nacionales y de su continuidad como expresión de la cultura nacional; en cambio, si se quisiera agregar, quitar o reemplazar emblemas, tendría que recurrirse a una reforma constitucional.




PRÓXIMA CLASE: LA FORMA DEL ESTADO DE CHILE

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